Kate Mackintosh en el Foro de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos, Ginebra
Kate Mackintosh es la Directora Ejecutiva del Promise Institute for Human Rights (Europa).
Este artículo fue escrito originalmente por Kate Mackintosh en el Foro de la ONU sobre Empresas y Derechos HumanosGinebra, 24 de noviembre de 2025
En todo el mundo, los peores daños ambientales recaen de manera abrumadora sobre quienes tienen menos poder político y económico. Ese es el contexto en el que la conversación sobre la responsabilidad, y sobre el ecocidio, debe entenderse.
Desde la publicación de la definición del Panel de Expertos Independientes en 2021, hemos sido testigos de un impulso notable.
El ecocidio ya ha sido tipificado como delito en Bélgica y Chile, y hay propuestas legislativas en trámite en Brasil, Argentina, Italia, Escocia, la Polinesia Francesa y otros países.
Para mayo del próximo año, todos los Estados miembros de la Unión Europea tendrán la obligación de tipificar como delito las conductas equivalentes al ecocidio en virtud de la nueva Directiva sobre delitos ambientales. Y a nivel internacional, Vanuatu, Fiyi y Samoa, junto con la República Democrática del Congo, han propuesto formalmente realizar una enmienda al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional para incluir al ecocidio como el quinto crimen internacional, junto con el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión.
Así que sí, la tipificación del ecocidio como crimen está llegando, tanto a nivel nacional como internacional. La verdadera pregunta para nosotros, especialmente en la comunidad empresarial y de derechos humanos, es: ¿qué diferencia supondrá? ¿Cómo la aparición del ecocidio como crimen reforzará y complementará las obligaciones de las empresas de llevar a cabo la debida diligencia en materia de derechos humanos y ambiente?
Permítanme ofrecerles algunas reflexiones.
En primer lugar, el ecocidio introduce un nivel de disuasión que la responsabilidad civil o administrativa simplemente no puede replicar. El derecho penal conlleva un estigma tanto legal como moral. La constatación, o incluso la acusación, de [haberse perpetrado] un delito internacional tiene una gravedad que ninguna multa, ningún acuerdo y ninguna orden de cumplimiento pueden igualar. Ese estigma se expande: afecta a la reputación de una empresa, al precio de sus acciones, a su acceso a los mercados, a sus relaciones con los empleados, los consumidores y los inversores. Tiene el potencial real de cambiar el cálculo del riesgo y la toma de decisiones mucho antes de que se produzca el daño.
En segundo lugar, el efecto disuasorio se duplica porque, al menos en la Corte Penal Internacional, estamos hablando de responsabilidad penal individual, no de responsabilidad corporativa. Nos referimos a la posible responsabilidad personal de los directores, ejecutivos y altos cargos que ignoran de forma imprudente el riesgo de daños ambientales graves y duraderos. Se puede externalizar el riesgo. Se puede externalizar el cumplimiento. Pero si usted, como directivo con capacidad de decisión, aprueba una linea de acción a sabiendas de que causará daños graves, la responsabilidad recaerá exclusivamente sobre usted. Esto agudiza el enjuiciamiento de una manera que otros mecanismos de rendición de cuentas simplemente no pueden.
Así pues, el ecocidio refuerza la debida diligencia al cambiar la forma en que se conciben los proyectos desde el principio. Cuando existe la amenaza de responsabilidad penal, las evaluaciones de riesgos dejan de ser un mero trámite burocrático. Exigen alternativas creíbles, que realmente se eviten las vías de alto riesgo y se corrija el rumbo desde el principio, no sólo que se mitiguen las consecuencias a posteriori. La perspectiva del ecocidio obliga a afrontar la realidad: ¿es este proyecto fundamentalmente seguro? ¿O se ha diseñado partiendo del supuesto de que otra persona, normalmente una comunidad vulnerable, asumirá el riesgo?
Esto también afecta a las finanzas. Los inversores comienzan a redirigir el capital hacia proyectos con menor probabilidad de accionar los umbrales penales. Eso se traduce en carteras más seguras, menor exposición a activos inmovilizados y mayor apoyo a modelos de negocio positivos para el clima y la naturaleza. En otras palabras, el ecocidio puede ayudar a alinear el sistema financiero con la seguridad planetaria.
Por supuesto, el crimen de ecocidio solo se aplicaría a un número muy reducido de casos extremos, los daños más graves, extensos o duraderos. La inmensa mayoría de las empresas nunca se acercarán a este umbral. Pero las pocas que lo hagan pueden distorsionar profundamente el entorno competitivo.
El [establecimiento del] crimen de ecocidio apoya a las empresas que intentan actuar correctamente, contribuyendo a igualar las condiciones de competencia. Protege a las empresas que invierten en tecnologías más limpias, en cadenas de suministro más seguras y en valor a largo plazo evitando que se vean perjudicadas por competidores que externalizan costes ambientales catastróficos.
Por último, el derecho penal alivia la carga de las víctimas.
En los litigios civiles y las reclamaciones en materia de derechos humanos, la carga recae directamente sobre las víctimas. Son las comunidades afectadas las que deben presentar la demanda, las que deben encontrar la financiación para el caso, las que deben soportar años de procedimientos mientras el daño continúa. La ley les exige que asuman la carga de demostrar qué es lo que se les ha hecho. El derecho penal elimina esa carga. Cuando una conducta se tipifica como crimen, el Estado, o en el caso de la CPI, la comunidad internacional, asume la responsabilidad de responder ante actos que colectivamente reconocemos como intolerables. El derecho penal actúa en nombre de todos nosotros. Señala que ciertos daños no son meras disputas privadas, sino delitos contra valores compartidos y, en el caso del ecocidio, contra la integridad de la propia Tierra. Ese cambio en la responsabilidad es profundo.
El ecocidio traslada esa carga de riesgo de las comunidades vulnerables a quienes tienen el poder y la responsabilidad de prevenir daños catastróficos.
El [reconocimiento del crímen] de ecocidio no lo resolverá todo. Pero cambia los incentivos básicos del sistema. Aporta claridad a los responsables políticos, equidad a las empresas responsables y protección real a las comunidades. Y cuando cambian los incentivos, cambia el comportamiento. Por eso este momento es tan importante.