INCORPORACIÓN DEL DELITO DE ECOCIDIO EN EL CÓDIGO PENAL ESPAÑOL

El ecocidio como delito internacional 

España se encuentra ante un momento ineludible para actualizar su legislación penal frente a una crisis ecológica sin precedentes, con motivo de la transposición de la nueva Directiva de delitos ambientales. Únete a la propuesta de Stop Ecocidio Internacional de incluir el ecocidio como un delito internacional en el Código Penal. Lee nuestro documento de Puntos Clave que avalan nuestra propuesta.

El Contexto: Un compromiso con la Constitución Española

Tanto a título individual como en calidad de organizaciones y asociaciones medioambientales, conservacionistas y sociales, creemos firmemente que nuestro país debe poner en marcha las medidas necesarias para proteger de manera efectiva el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona (art. 45 de la Constitución).

Eventos catastróficos recientes, como las inundaciones de la DANA en 2024 o las sucedidas en Andalucía, así como la pérdida de biodiversidad (con entre un 12 % y un 14 % de especies en peligro de extinción), demuestran que es urgente que se persigan de forma adecuada los daños ambientales, especialmente los más graves.

La Directiva (UE) 2024/1203 y la Ventana de Transposición

La Directiva relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho Penal entró en vigor el 20 de mayo de 2024. Como miembro de la Unión Europea, el Estado español tiene hasta el 21 de mayo de 2026 para su transposición al ámbito nacional.

  • La Directiva establece que las conductas intencionadas que causen resultados catastróficos serán consideradas como «delitos cualificados», reconociendo que estos pueden englobar conductas «comparables al ecocidio».

  • Si bien la Directiva establece normas mínimas, su Artículo 1 permite un margen significativo para la adaptación nacional. Por eso, debido a su gravedad, se propone incluir el ecocidio como un delito internacional, con todas las características inherentes a este tipo de delitos.

  • Nos referimos a un delito que excede la criminalidad ambiental común, tratándose de daños a gran escala o que perduran en el tiempo, tanto que pueden llegar a ser irreversibles, y que normalmente traspasan las fronteras nacionales afectando al equilibrio ecológico global y a los derechos humanos, por lo cual incumbe a la comunidad internacional en su conjunto, acarreando, además, unas enormes pérdidas económicas.

  • Desde Stop Ecocidio Internacional, junto con un grupo de juristas especializados, hemos redactado una propuesta para que se incorpore el delito de ecocidio como una figura autónoma y robusta dentro del Título XXIV («Delitos contra la Comunidad Internacional»), con motivo de la transposición de la nueva Directiva sobre delitos medioambientales y, con ello, minimizar cualquier margen de impunidad y convertir este delito grave en imprescriptible.

Una corriente mundial

España debe situarse a la vanguardia de los avances globales en materia de protección del medio ambiente mediante la ley penal:

  • Consejo de Europa: Nuevo convenio que, entre otras cosas, insta a los Estados miembros a perseguir los desastres medioambientales «comparables al ecocidio» (mayo de 2025).

  • Corte Penal Internacional: Propuesta formal para incluir el ecocidio como quinto crimen contra la paz y la seguridad mundiales en el Estatuto de Roma (septiembre de 2024).

  • Las Opiniones Consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Internacional de Justicia subrayan la obligación legal de los Estados de prevenir la destrucción masiva del medio ambiente (julio de 2025).

  • La Fiscalía de la Corte Penal Internacional ha emitido un documento de política integral dedicado íntegramente al daño ambiental (diciembre de 2025).

  • La aprobación, por abrumadora mayoría, de la Moción 061 durante el último Congreso mundial de la UICN que pide a los Estados que reconozcan el ecocidio como un delito grave en el derecho nacional e internacional para poder proteger la naturaleza (octubre de 2025).

A nivel nacional: Bélgica y Francia han establecido leyes nacionales sobre ecocidio, y se está avanzando en reformas de ley en Italia, Brasil, los Países Bajos, Ghana, Argentina, Perú, México, la Polinesia Francesa y la India.


¡Apoya la tipificación del ecocidio como delito internacional en nuestro Código Penal! Necesitamos reforzar la protección del medio ambiente en España. 

Instamos a los legisladores a que consideren la propuesta de enmienda elaborada por Stop Ecocidio Internacional para la incorporación del delito de ecocidio al Código Penal, con motivo de la transposición de la Directiva de la UE 2024/1203.

¡El momento de unirte al movimiento mundial por la criminalización del ecocidio es ahora! 

Podéis apoyar nuestra propuesta de dos maneras: 

  1. Las ONG, los movimientos o las asociaciones pueden formalizar su adhesión rellenando nuestro formulario de apoyo al Documento de Posicionamiento

  2. A nivel individual, incluyendo a los miembros de organizaciones y empresas, puedes firmar nuestra petición en WeMove. 

Juntos, impulsamos la reforma del Código Penal para incluir el ecocidio como delito internacional.

El documento de posición de las ONG está disponible en catalán, gallego y euskera

Accede también a los puntos clave de la propuesta, en catalán, gallego y euskera