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Estrategias jurídicas comparadas en la protección de la naturaleza, el territorio y sus defensores.

ONLINE 22 ABRIL
11:00 Santiago, Chile | 16:00 BST | 17:00 CEST

Este acto se celebrará en español con traducción simultánea al inglés.

El "Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, Participación Pública y Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe", más conocido como Acuerdo de Escazú, fue adoptado en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018. Se trata de un instrumento jurídico internacional que busca no solo proteger el medio ambiente, sino también los derechos humanos.

El objetivo de este tratado internacional es garantizar los derechos de acceso a la información medioambiental, la participación pública en los procesos de toma de decisiones medioambientales y el acceso a la justicia en asuntos medioambientales, así como contribuir a la protección del derecho a vivir en un medio ambiente con un desarrollo saludable y sostenible.

Actualmente, el acuerdo ha sido ratificado por 15 países de América Latina y el Caribe y otros 10 países signatarios están pendientes de ratificación.

La tipificación del ecocidio como delito internacional, así como su adopción por las legislaciones nacionales, contribuirá a proteger tanto el medio ambiente como los derechos humanos, en particular el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, así como los derechos de los pueblos indígenas, que habitan sus territorios en armonía con la naturaleza. Estos son, precisamente, objetivos compartidos por el Acuerdo de Escazú, por lo que ambos instrumentos, aunque diferentes, son, al mismo tiempo, complementarios.

La participación de Stop Ecocidio en esta cumbre regional de América Latina y el Caribe, a través de este evento oficial paralelo, tiene como objetivo compartir diferentes estrategias legales para la protección de la naturaleza, el territorio y sus defensores, incluyendo nuestra propuesta de convertir el ecocidio en un crimen internacional.

Aresio Valiente López (Panamá), profesor de la Universidad de Panamá, Director Ejecutivo del Centro de Asistencia Legal Popular, Presidente de la Unión Nacional de Abogados Indígenas de Panamá, Vicepresidente del Instituto de Derecho Agrario, Ambiental e Indígena y miembro del equipo jurídico del Congreso General Guna, gobierno autónomo del pueblo Guna.

Pablo Fajardo Mendoza (Ecuador), abogado y activista ecuatoriano, representante de los pueblos indígenas amazónicos en el caso Chevron-Texaco, Premio Goldman de medio ambiente. Fue miembro del Grupo de Expertos Independientes para la definición jurídica del delito de Ecocidio.

Rodrigo Lledó Vásquez (Chile-España), Director de Stop Ecocidio para las Américas, Vicepresidente de Derechos Humanos Sin Fronteras y profesor de la Universidad Internacional de La Rioja (España). Fue miembro del Panel de Expertos Independientes para la definición jurídica del delito de Ecocidio.

Juana Calfunao Paillalef (Chile), Ñizol Lonko (autoridad superior ancestral) del Pueblo-Nación Mapuche, activista y defensora del medio ambiente y de los derechos ancestrales de su pueblo al territorio. Lideró la solicitud de arbitraje internacional para que el Estado de Chile respete el Tratado de Tapihue de 1825.

Yolanda Zurita (Perú), activista social y medioambiental, representante de la Plataforma Nacional de Afectados por Metales Pesados, Metaloides y otras sustancias químicas tóxicas (Perú), organización que ha obtenido recientemente una sentencia favorable de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Modera Constanza Soler (Argentina), periodista.

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