¡ÉXITO!
A principios de este año alcanzamos un hito importante cuando la UE aprobó por votación una directiva revisada sobre delitos contra el medio ambiente que incluía los delitos ecológicos. Fue un gran momento, que se sintió en todo el mundo, y ha tenido un impacto inmediato y totalmente positivo en nuestros esfuerzos diplomáticos a escala internacional.
¿QUÉ SIGUE?
Los Estados miembros de la UE* disponen ahora de dos años para incorporar estas normas a la legislación nacional, pero también pueden reforzarlas.
La mayor ventaja de la legislación sobre ecocidio es su aplicación a los casos más graves de daño, independientemente de la práctica. La directiva revisada de la UE enumera 20 actos que pueden ser "comparables al ecocidio", pero tal lista no puede adaptarse a los cambios tecnológicos o científicos y puede eludirse redefiniendo las actividades
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Únete a decenas de miles de personas y firma (¡y comparte!) esta petición, y este vídeo, en los que se pide a los Estados miembros de la UE que aprovechen esta increíble oportunidad para introducir un delito de ecocidio independiente y sin matices, y apoyen su tipificación como delito en la Corte Penal Internacional.
*Dinamarca e Irlanda están exentas de la Directiva Europea sobre Delitos contra el Medio Ambiente, ya que optaron por no participar en el Tratado de Lisboa. Estos países aún pueden introducir su propio delito de ecocidio en sus códigos penales nacionales y apoyar la creación de una legislación sobre ecocidio a nivel internacional.
*Sin embargo, la nueva Directiva sobre Delitos contra el Medio Ambiente representa una oportunidad para que estos países refuercen sus leyes específicas y apoyen la creación de una ley sobre ecocidio a nivel internacional.